lunes, 15 de junio de 2015

NOTICIA ECONOMÍA


Los autónomos pueden deducir los gastos de suministros de su vivienda

Los autónomos pueden deducir en el IRPF los gastos de suministros de su vivienda. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid tumba, de esta manera, el criterio de Hacienda, que sostenía que esos gastos solo se podían deducir si se empleaban solo para el desarrollo del trabajo. La sentencia, de 10 de marzo de 2015, no comparte el criterio de Hacienda. La Administración sostiene que sólo considera deducibles los gastos derivados de los suministros, cuando "se destinen exclusivamente al ejercicio de la actividad". El fallo, por el contrario, destaca que "no es lógico negar la deducción de aquellos suministros sin los cuales no es factible realizar el trabajo".

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